Seguridad

Política de Tratamiento y Protección de Datos Personales

Regulación del tratamiento de datos de trabajadores, empleadores y usuarios de CertificaLey – Control y Certificación de Contratistas bajo las Leyes N° 19.628, N° 21.719 y el Código del Trabajo de Chile.

 

CLÁUS. 1 Marco Normativo Chileno de Datos Personales

La presente Política de Protección de Datos Personales se dicta en cumplimiento y armonía con:

  • El Artículo 19 N° 4 de la Constitución Política de la República de Chile, que consagra como garantía fundamental el respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia, y la debida protección de sus datos personales.
  • La Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada / Protección de Datos de Carácter Personal y la Ley N° 21.719 que moderniza el régimen de protección de datos personales y crea la Agencia Nacional de Protección de Datos Personales.
  • El Código del Trabajo de Chile, especialmente en sus Artículos 5° (respeto a las garantías y derechos fundamentales del trabajador) y 154 bis (deber de reserva y secreto del empleador respecto a datos laborales y médicos).
  • La Ley N° 20.123 de Subcontratación, que mandata a la empresa principal el deber de vigilancia sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.

CLÁUS. 2 Roles Legales: Responsable vs Encargado del Tratamiento

Responsable del Tratamiento (Data Controller)

Es la empresa empleadora directa (contratista/subcontratista) o la empresa mandante, quienes determinan la finalidad y necesidad de verificar el cumplimiento laboral de sus trabajadores en régimen de subcontratación.

Encargado del Tratamiento (Data Processor)

Es la plataforma CertificaLey – Control y Certificación de Contratistas, que actúa como proveedora tecnológica de la infraestructura informática para recepcionar, almacenar, contrastar y dictaminar los respaldos documentales por cuenta y orden del responsable.

CLÁUS. 3 Base Legal de Licitud para el Tratamiento

Conforme al ordenamiento jurídico chileno, el tratamiento de los datos personales y laborales de los trabajadores en la Plataforma se sustenta en habilitaciones legales expresas y en la ejecución del contrato de trabajo:

  • Cumplimiento de Obligación Legal (Art. 183-C Código del Trabajo y Ley 20.123): La ley faculta y obliga a la empresa principal y a los contratistas a acreditar fehacientemente el pago de remuneraciones, cotizaciones previsionales, de salud y accidentes del trabajo (Ley N° 16.744). Por consiguiente, dicho tratamiento no requiere autorización o consentimiento individual adicional del trabajador para estos fines.
  • Prevención de Riesgos y Deber de Protección (Art. 184 Código del Trabajo): Obligación del empleador de adoptar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores en las faenas y obras.

CLÁUS. 4 Principios Rectores del Tratamiento de Datos

Toda operación de tratamiento de datos en la Plataforma se ejecuta con apego a los principios rectores de la Ley N° 21.719:

1. Principio de Licitud y Lealtad: Los datos se tratan lealmente y con estricto apego al marco legal chileno.
2. Principio de Finalidad: Se prohíbe el uso de datos para fines comerciales, publicitarios o de venta a terceros.
3. Principio de Proporcionalidad: Se exige solo la información estrictamente necesaria para acreditar la relación laboral.
4. Principio de Exactitud: Las empresas están obligadas a mantener la información laboral y previsional actualizada.

CLÁUS. 5 Tratamiento Especial de Datos de Salud Ocupacional

Resguardo de Datos Médicos (Art. 154 bis Código del Trabajo y Art. 10 Ley 19.628): Los exámenes de salud ocupacional (aptitud para trabajo en altura, espacios confinados, etc.) revisten el carácter de datos sensibles de salud.

En la Plataforma, dichos antecedentes se tratan bajo el criterio de dictamen funcional de aptitud: solo se constata la condición de «Apto» o «No Apto» emitida por el organismo administrador de la Ley 16.744 (Mutual de Seguridad, ACHS, IST o ISL), sin divulgar diagnósticos clínicos, fichas médicas privadas ni antecedentes sensibles no vinculados a la seguridad en el trabajo.

CLÁUS. 6 Derechos de los Titulares (Catálogo ARCOP)

En conformidad con las Leyes N° 19.628 y N° 21.719, todo titular de datos personales cuyos antecedentes se encuentren registrados en la Plataforma puede ejercer los siguientes derechos:

  • Acceso: Solicitar confirmación de los datos tratados, su origen, finalidad y destinatarios.
  • Rectificación: Exigir la modificación de datos erróneos, inexactos, equívocos o incompletos.
  • Cancelación / Supresión: Solicitar la eliminación de sus datos cuando haya cesado el fundamento legal que autorizaba su tratamiento y hayan vencido los plazos legales de conservación.
  • Oposición: Oponerse al tratamiento en los casos expresamente reconocidos por la legislación aplicable.
  • Portabilidad: Obtener una copia de sus datos personales en un formato electrónico estructurado y de uso común.
  • Bloqueo Temporal: Solicitar la suspensión temporal de cualquier operación sobre sus datos mientras se verifica una solicitud de rectificación.

Toda solicitud de derechos ARCOP debe presentarse formalmente ante el empleador directo (contratista) o a través del canal oficial de privacidad de la Plataforma consignado en la Cláusula 10.

CLÁUS. 7 Plazos Legales de Retención y Conservación

En estricta concordancia con los plazos de prescripción de las acciones laborales y previsionales contemplados en el Artículo 510 del Código del Trabajo y en la Ley N° 17.322 sobre cobranza de imposiciones, la documentación y registros de la Plataforma se conservan durante el período de ejecución del contrato de subcontratación y por un lapso posterior de cinco (5) años contados desde el término de la relación laboral, con el fin de responder ante auditorías de la Dirección del Trabajo, fiscalizaciones previsionales o demandas laborales.

Transcurrido dicho plazo legal, la Plataforma procede al purgado y destrucción digital segura de los antecedentes.

CLÁUS. 8 Deber de Secreto y Confidencialidad

Todas las personas que intervienen en el tratamiento de datos personales en CertificaLey – Control y Certificación de Contratistas (personal administrativo, desarrolladores, revisores y auditores laborales) se encuentran obligadas por el deber de secreto profesional y confidencialidad indefinida consagrado en el Artículo 7° de la Ley N° 19.628 y en el Artículo 154 bis del Código del Trabajo, deber que subsiste incluso con posterioridad a la finalización de sus relaciones de servicio con la Plataforma.

CLÁUS. 9 Destinatarios y Comunicaciones de Datos

Los datos contenidos en la Plataforma solo son comunicados a:

  • Las Empresas Mandantes respecto de los colaboradores asignados formalmente a sus contratos y faenas de subcontratación.
  • Organismos del Estado con facultades fiscalizadoras (Dirección del Trabajo, SUSESO, Tribunales de Justicia, Ministerio de Salud) cuando medie orden legal vinculante.

Se prohíbe cualquier transferencia internacional a jurisdicciones que no garanticen niveles adecuados de protección de datos conforme a los estándares de la Ley N° 21.719.

CLÁUS. 10 Delegado de Protección de Datos (DPD) y Contacto

Para la atención de solicitudes ARCOP, reclamos sobre privacidad o coordinación con la Agencia Nacional de Protección de Datos Personales, los usuarios y titulares pueden contactar al Oficial / Delegado de Protección de Datos a través de los canales de soporte del portal o enviando una comunicación formal dirigida a la administración central de CertificaLey – Control y Certificación de Contratistas.